Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 85
108 / 173En vigor desde 7 may 2019
Todo proceso edificatorio de obra nueva, rehabilitación, ampliación y demolición se realizará en armonía con el medio ambiente urbano y natural, de acuerdo con lo dispuesto en esta ley, con las determinaciones del planeamiento urbanístico, las ordenanzas municipales y conforme a las licencias o autorizaciones administrativas otorgadas.
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Proeli/es-ex/l/2019/04/11/11#art-85