Título TÍTULO II
Art. 8
8 / 173En vigor desde 7 may 2019
El ejercicio de las competencias establecidas en la normativa reguladora de la autonomía municipal que correspondan a los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de vivienda, conservación y rehabilitación, se ejercerán, dentro de su ámbito competencial y autonomía local.
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Proeli/es-ex/l/2019/04/11/11#art-8