Art. 30
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª De las limitaciones

Art. 30

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En vigor desde 7 may 2019
Los requisitos de acceso, en propiedad o en arrendamiento, a la vivienda protegida se determinarán reglamentariamente. Tales requisitos podrán estar relacionados, entre otros, con la capacidad adquisitiva del destinatario y con la propiedad o copropiedad de otra vivienda, sin perjuicio de las exenciones que puedan preverse en la normativa reglamentaria de desarrollo.
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eli/es-ex/l/2019/04/11/11#art-30