Art. 1
1 / 9En vigor desde 22 nov 2018
Esta ley tiene por objeto establecer medidas adicionales de protección de la salud pública y del medio ambiente para la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos obtenidos a través de la técnica de fractura hidráulica, en el marco de las competencias establecidas en el artículo 10.1, apartados 2, 7, 8, 11, 27 y 29, y por el artículo 11.1, 3 y 4 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2018/11/15/11#art-1