Art. 35
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 35

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En vigor desde 11 dic 2014
1. El órgano sustantivo hará pública la decisión sobre la autorización o denegación del proyecto mediante la inserción de un extracto del contenido de dicha decisión en el Boletín Oficial de Aragón y en su sede electrónica. 2. La información a que se refiere el apartado anterior será comunicada a los Estados miembros y a las Comunidades Autónomas que hayan sido consultados de acuerdo con el artículo 8.
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