Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

80 / 87
En vigor desde 19 oct 2014
En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de esta ley, las organizaciones, las instituciones y los órganos representados en la Comisión Interinsular Asesora de Comercio tienen que proponer sus representantes al consejero o la consejera competente en materia de comercio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2014/10/15/11#disposicion-transitoria-primera