Art. 6
Título TÍTULO I

Art. 6

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En vigor desde 19 oct 2014
La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears tiene que promover el desarrollo armónico y la modernización de la actividad comercial con el objetivo final de incrementar la capacidad de competencia de las empresas y garantizar una ocupación laboral estable en este sector y proteger a los consumidores preservando la claridad y la trasparencia en las actividades de promoción de ventas.
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eli/es-ib/l/2014/10/15/11#art-6