Art. Disposición adicional decimotercera
Título TÍTULO IX

Art. Disposición adicional decimotercera

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En vigor desde 1 ene 2014
El procedimiento relativo a la realización de propuestas y confección del resto de los documentos necesarios para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja se tramitará sirviéndose de la utilización de medios electrónicos en los términos que establezca la consejería con competencias en materia de hacienda, siempre orientado a la reducción de los tiempos y plazos del procedimiento, logrando una mayor eficacia y eficiencia en la tramitación interna.
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eli/es-ri/l/2013/10/21/11#disposicion-adicional-decimotercera