Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 33
33 / 216En vigor desde 1 ene 2014
Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja estarán integrados por:
a) Los presupuestos de los órganos estatutarios.
b) Los presupuestos de la Administración General de la Comunidad Autónoma.
c) Los presupuestos de los organismos autónomos.
d) Los presupuestos de los restantes entes que integran el sector público administrativo.
e) Los presupuestos de operaciones corrientes, los de operaciones de capital, y las operaciones financieras de las entidades del sector público empresarial y del sector público fundacional.
f) Los presupuestos que integran los fondos carentes de personalidad jurídica cuya dotación se efectúe mayoritariamente desde los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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Proeli/es-ri/l/2013/10/21/11#art-33