Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª Auditorías públicas específicas
Art. 164
164 / 216En vigor desde 1 ene 2014
La Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja realizará la auditoría de cumplimiento de aquellos órganos y entidades del sector público que se incluyan en el Plan anual de auditorías y de actuaciones de control financiero, y comprenderá la verificación selectiva de la adecuación a la legalidad de la gestión presupuestaria, de contratación, personal, ingresos y gestión de subvenciones, así como de cualquier otro aspecto de la actividad económico-financiera de las entidades auditadas.
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Proeli/es-ri/l/2013/10/21/11#art-164