Art. 8
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 8

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En vigor desde 23 jun 2012
En el caso de fusión por absorción, los órganos de gobierno de la caja absorbida quedarán disueltos, y la administración, gestión, representación y control de esta corresponderá a los de la caja de ahorros absorbente.
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