Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria tercera

177 / 184
En vigor desde 16 ene 2011
En tanto no se produzca la modificación del vigente Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha aprobado por Decreto 178/2005, de 25 de octubre (DOCM n.º 216, de 28 de octubre de 2005), resultará éste de aplicación, en cuanto no contradiga ni modifique lo dispuesto por la presente Ley.
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