Art. 13
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Régimen jurídico general de la actividad

Art. 13

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En vigor desde 13 ene 2011
Son causas de imposibilidad legal de prestación del transporte marítimo: a) El cese de la actividad de la empresa naviera, tras su notificación a la consejería competente. b) La extinción de la personalidad del transportista. c) La sanción administrativa firme que así lo establezca.
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eli/es-ib/l/2010/11/02/11#art-13