Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 4
4 / 46En vigor desde 28 feb 2011
La presente ley tiene como principios rectores los siguientes:
a) La participación activa de la comunidad, muy especialmente organizaciones juveniles, y los sectores afectados en la planificación y ejecución de las actuaciones en materia de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en menores de edad.
b) La integración y coordinación de las actuaciones en materia de prevención de todas las administraciones públicas gallegas.
c) La promoción activa de hábitos de vida saludables y de una cultura de salud que incluya el rechazo del consumo por parte de menores de edad, así como la modificación de actitudes y comportamientos de la sociedad respecto a la problemática vinculada a estos comportamientos.
d) Las diferentes intervenciones planificadas habrán de estar basadas en la evidencia científica disponible.
e) La consideración prioritaria de las políticas y actuaciones preventivas en materia de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en menores de edad.
f) El principio de corresponsabilidad social ha de impregnar la coordinación de las actuaciones sobre la problemática asociada al consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad.
g) Las actuaciones sanitarias en materias objeto de la presente ley responderán a los principios rectores que, para todo el sistema público de salud de Galicia, se enuncian en el artículo 32 de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.
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Proeli/es-ga/l/2010/12/17/11#art-4