Art. 51
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 51

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En vigor desde 19 feb 2011
Se crea el registro de explotaciones de acuicultura en los términos y con las condiciones fijadas en la Legislación vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal, y sus normas de desarrollo.
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eli/es-ex/l/2010/11/16/11#art-51