Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO V

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 20 ene 2010
Mientras la Cámara de Cuentas no disponga de los medios personales necesarios para el cumplimiento de sus funciones, podrá solicitar la adscripción provisional de funcionarios de cualquier Administración pública que posean la titulación requerida y experiencia en su ámbito funcional.
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