Título TÍTULO IV
Art. 19
19 / 24En vigor desde 22 dic 2009
Los plazos de prescripción de las infracciones muy graves, graves y leves serán los establecidos en el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.
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Proeli/es-cn/l/2009/12/15/11#art-19