Art. 15
Título TÍTULO II

Art. 15

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En vigor desde 9 may 2007
1. Los Patronatos de los Parques Nacionales son órganos colegiados de carácter consultivo, adscritos al Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha, de participación pública y de apoyo a la gestión de los Parques Nacionales. 2. Mediante Decreto, el Consejo de Gobierno establecerá la composición y funciones de los Patronatos de los Parques Nacionales.
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