Art. 33
Capítulo CAPÍTULO IX

Art. 33

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En vigor desde 19 oct 2007
1. Las empresas filiales de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales se dotan de un estatuto profesional y de sendos comités profesionales. Corresponde al Consejo de Gobierno aprobarlos. 2. Las elecciones a los comités profesionales deben ser convocadas por el Consejo de Gobierno, con la periodicidad y el procedimiento que fija su estatuto.
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