Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 22
24 / 44En vigor desde 19 oct 2007
1. Los principios inspiradores y las líneas de actuación de la programación de servicio público de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales son, además de los que establece la legislación aplicable en materia de comunicación audiovisual, los que fijan el mandato marco y el contrato-programa.
2. La programación de servicio público de los canales de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales debe ser plural para tratar de satisfacer las necesidades del conjunto de la población. Todos los canales y los servicios considerados de servicio público son de libre acceso.
3. La lengua institucional para prestar el servicio público de comunicación audiovisual de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales es el catalán.
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Proeli/es-ct/l/2007/10/11/11#art-22