Art. Disposición derogatoria
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria

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En vigor desde 19 nov 2006
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley, lo contradigan o resulten incompatibles con ello y, en especial, las siguientes: La Ley 6/1987, de 7 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. La mención de la actividad patrimonial en el artículo 2 de la Ley 21/1994, de 15 de diciembre, de creación de la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León. La mención de empresas públicas en el artículo 7.10 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. El apartado 4 del artículo 29 del Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, aprobado por el Decreto 2/1998, de 8 de enero.
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