Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 87
88 / 182En vigor desde 19 nov 2006
En la preparación de cualquier negocio jurídico patrimonial que afecte a bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Cultural de Castilla y León, será preceptivo el informe de la consejería competente en materia de cultura.
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Proeli/es-cl/l/2006/10/26/11#art-87