Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 151
153 / 182En vigor desde 19 nov 2006
La Junta de Castilla y León podrá aprobar, a propuesta del titular de la consejería competente en materia de hacienda, planes anuales o plurianuales destinados a promover la utilización eficiente de los edificios administrativos y la cobertura de las nuevas necesidades a través de la construcción, la adquisición o el arrendamiento de inmuebles. Dicha consejería realizará las actuaciones que procedan para su desarrollo.
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Proeli/es-cl/l/2006/10/26/11#art-151