Art. 100
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 100

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En vigor desde 19 nov 2006
Para la tramitación del procedimiento de adquisición se incorporará al correspondiente expediente una memoria en la que se justificará la necesidad o conveniencia de la adquisición, el fin o fines a que se pretende destinar el inmueble o los derechos y el procedimiento de adjudicación que, conforme a lo establecido en el artículo siguiente y de forma justificada, se proponga seguir.
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eli/es-cl/l/2006/10/26/11#art-100