Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 23
Derogado25 / 68En vigor desde 3 mar 2007
El Plan de Equipamientos Comerciales debe ejecutarse mediante:
a) La aprobación y revisión de los instrumentos de planeamiento urbanístico: planes generales, normas subsidiarias, planes parciales, planes especiales, programas de actuación urbanística o figuras que los sustituyan.
b) El otorgamiento de las licencias comerciales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
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Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2006/12/22/11#art-23