Art. 25
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 25

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En vigor desde 1 ago 2006
La recepción del emplazamiento por parte de la Dirección General del Servicio Jurídico le autoriza a oponerse a toda clase de demandas y cumplir los trámites para cuya realización fuera emplazado, utilizando los medios jurídicos a su alcance en defensa de los intereses de la Comunidad Autónoma.
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eli/es-cb/l/2006/07/17/11#art-25