Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 22 sept 2006
En todo lo no previsto en esta ley, será de aplicación lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
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