Art. 98
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 98

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En vigor desde 22 sept 2006
La disciplina ambiental en materia de evaluación ambiental estratégica de planes y programas corresponde al órgano promotor y comprende: a) La ejecución y el seguimiento. b) La revisión de oficio. c) El régimen de infracciones y sanciones.
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