Art. Disposición adicional octava
Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional octava

177 / 187
En vigor desde 1 ene 2008
En el marco de la autonomía económica y financiera de las universidades, será de aplicación a las universidades públicas canarias, el régimen presupuestario, económico financiero, de contabilidad y control establecido en la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2006/12/11/11#disposicion-adicional-octava