Art. 5
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Régimen jurídico y principios de la actividad económico-financiera

Art. 5

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En vigor desde 1 ene 2008
La actividad económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias se inspirará en los principios de economía, eficacia, eficiencia, programación plurianual, anualidad presupuestaria, estabilidad presupuestaria y transparencia; así como en los de legalidad y seguridad jurídica.
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eli/es-cn/l/2006/12/11/11#art-5