Art. 14
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Derechos de naturaleza pública

Art. 14

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En vigor desde 1 ene 2008
Será de aplicación a los derechos de naturaleza pública distintos de los tributos, la normativa tributaria en materia de aplazamiento y fraccionamiento.
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eli/es-cn/l/2006/12/11/11#art-14