Art. 118
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 118

123 / 187
En vigor desde 1 ene 2008
La consejería competente en materia de Hacienda remitirá trimestralmente a la Comisión de Presupuestos y Hacienda del Parlamento de Canarias información sobre ejecución de los presupuestos, de sus modificaciones y operaciones de tesorería y cualquier otra que se considere de interés general.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2006/12/11/11#art-118