Art. Disposición derogatoria segunda
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Régimen sancionador

Art. Disposición derogatoria segunda

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En vigor desde 20 ene 2006
1. Queda derogado el Decreto 80/1999, de 8 de junio, sobre ejercicio de la potestad sancionadora en materia de espectáculos públicos. 2. Asimismo quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
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