Art. 36
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Potestad de investigación

Art. 36

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En vigor desde 25 dic 2005
1. La Consejería competente en materia de Hacienda tiene la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que formen o puedan formar parte del Patrimonio de la Co­munidad Autónoma de La Rioja, a fin de determinar, cuando no le conste, su titularidad sobre los mismos así como los usos a que son destinados. 2. No será necesario tramitar el procedimiento de investigación cuando con motivo de concentracio­nes parcelarias se asignen a la Comunidad Autónoma de La Rioja fincas de reemplazo carentes de titular. El acto o acuerdo de asignación al que se refiere el artículo 49 de la ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, será dictado por el Consejero competente en mate­ria de Hacienda y será título suficiente para la toma de posesión.
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eli/es-ri/l/2005/10/19/11#art-36