Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 136
138 / 170En vigor desde 25 dic 2005
Los órganos responsables de cada Consejería y Organismo Público, remitirán al Órgano Superior de Gestión Patrimonial, en los plazos que se establezcan para la elaboración del anteproyecto de gastos e ingresos, las previsiones de necesidad de edificios administrativos para el año siguiente.
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Proeli/es-ri/l/2005/10/19/11#art-136