Art. Disposición transitoria tercera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 20 ene 2006
Lo previsto en el apartado anterior no será de aplicación a los procedimientos sancionadores en lo que la presente Ley resulte más favorable para los presuntos infractores.
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eli/es-cm/l/2005/12/15/11#disposicion-transitoria-tercera