Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO X

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 14 jun 2003
La Junta de Castilla y León podrá actualizar, mediante Decreto, la cuantía de las multas previstas en el artículo 76 de la presente Ley, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.
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