Título TÍTULO III
Art. Disposición final tercera
42 / 42En vigor desde 15 abr 2003
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2003/04/04/11#disposicion-final-tercera