Art. Disposición adicional quinta
Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 5 ago 2025
Dentro del segundo semestre de cada año, las presidencias de los Consejos Sociales de las universidades públicas canarias comparecerán ante el Parlamento de Canarias, a través de la comisión competente en materia de universidades, al objeto de presentar la memoria de actividades del Consejo Social correspondiente a la anualidad anterior. Se añade por el art. único.26 de la Ley 3/2025, de 25 de julio. Ref. BOE-A-2025-20901

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eli/es-cn/l/2003/04/04/11#disposicion-adicional-quinta