Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 11 dic 2003
La Administración de la Junta de Andalucía promulgará campañas divulgativas sobre el contenido de esta Ley entre los escolares y público en general, con el fin de aumentar el nivel de sensibilidad y de respeto a los animales.
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