Art. 20 bis
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III BIS

Art. 20 bis

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En vigor desde 16 may 2018
Las medidas específicas para garantizar la efectividad de los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal se aplicarán, además de a los derechos regulados en el presente título, en el ámbito de la administración de justicia. Se añade por el de la Ley 9/2018, de 24 de abril. Ref. BOE-A-2018-6403

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eli/es-vc/l/2003/04/10/11#art-20-bis