Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Derecho a la educación y formación en materia de consumo
Art. 13
13 / 55En vigor desde 13 ene 2003
1. Los consumidores tienen derecho a recibir educación y formación en materia de consumo, de forma que conozcan sus derechos y las vías para poder ejercerlos adecuadamente.
2. La Administración del Principado de Asturias, en su ámbito de competencia, fomentará la enseñanza, en todos los niveles, de materias relacionadas con el consumo para promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de productos, bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados del uso y consumo de los mismos.
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Proeli/es-as/l/2002/12/02/11#art-13