Art. 11
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 11

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En vigor desde 18 may 2002
1. El gobierno y la administración de la Comarca de Andorra-Sierra de Arcos corresponderán al Consejo Comarcal, integrado por el Presidente y los Consejeros. 2. El número de miembros del Consejo Comarcal es de veinticinco.
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