Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 61
61 / 101En vigor desde 19 sept 2002
1. El Consejo de la Juventud contará con los siguientes órganos:
a) El Pleno.
b) La Comisión Permanente.
c) El Presidente.
2. Todos los órganos del Consejo de la Juventud de Castilla y León tendrán carácter democrático en su organización y funcionamiento.
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Proeli/es-cl/l/2002/07/10/11#art-61