Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Naturaleza. Régimen de funcionamiento. Ejercicio de competencias administrativas
Art. 4
4 / 44En vigor desde 18 oct 2001
Los colegios profesionales y los consejos gallegos de colegios son corporaciones de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
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Proeli/es-ga/l/2001/09/18/11#art-4