Art. Disposición transitoria tercera
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 13 jun 1999
En el término de seis meses, a partir de su constitución, la Cámara de Cuentas elaborará un proyecto de Reglamento de Organización y Funcionamiento que presentará a la Asamblea de Madrid para su tramitación y, en su caso, aprobación.
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