Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO II

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 1 ene 2000
1. Queda derogado el apartado uno de la disposición adicional primera de la Ley de Cantabria 13/1998, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. 2. Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente Ley.
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