Art. Disposición adicional primera
Título TÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 1 ene 2000
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley de Cantabria 4/1999, de 24 de marzo, reguladora de Organismos Públicos de la Comunidad Autónoma, y habiendo operado plenamente el traspaso efectivo de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria por Real Decreto 2671/1998, de 11 de diciembre, entre ellas las enseñanzas de régimen especial contempladas en el Título II de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, e integrado el Conservatorio de Música «Jesús de Monasterio» en la red pública de centros educativos del Gobierno de Cantabria por Decreto 90/1999, de 23 de septiembre, se declara extinguida la entidad pública Patronato del Conservatorio de Música «Jesús de Monasterio», que fue creado mediante Decreto de 7 de octubre de 1982. 2. El patrimonio resultante de la entidad, que se extingue por la presente Ley, se integrará en el patrimonio del Gobierno de Cantabria, quien lo adscribirá en la forma y modo que prescribe la Ley 7/1986, de 22 de diciembre, de Patrimonio de la Diputación Regional de Cantabria.
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