Art. 53 ter
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XII

Art. 53 ter

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En vigor desde 25 jul 2025
1. Son sujetos pasivos de la tasa a título de contribuyentes las personas físicas o jurídicas solicitantes de las actividades o los servicios públicos que constituyen el hecho imponible. 2. El hecho de presentar la solicitud de las autorizaciones mencionadas directamente en el ayuntamiento pertinente no exime al sujeto pasivo del pago de la tasa correspondiente a la administración competente en la gestión ferroviaria, que tendrá que hacerse efectiva con carácter previo al inicio de los servicios administrativos. 3. Quedan exentas del pago de la tasa las administraciones públicas territoriales y también las entidades instrumentales dependientes o vinculadas a cualquiera de estas administraciones. Se añade por la disposición final 1.3 de la Ley 6/2025, de 23 de julio. Ref. BOE-A-2025-22028

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Pro

eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-53-ter