Art. 465
Título TÍTULO XVCapítulo CAPÍTULO ÚNICO

Art. 465

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En vigor desde 1 ene 2023
Constituye el hecho imponible de esta tasa la inscripción en las convocatorias para seleccionar el personal que tiene que acceder a las entidades integrantes del sector público instrumental de derecho público a que se refiere el título I de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la comunidad autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, y con el apartado 2 del artículo 8 de la Ley 10/2003, de 22 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas, salvo que dispongan de una tasa específica en esta ley. Se añade por la disposición final 1.16 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre de 2022. Ref. BOE-A-2023-2980

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Pro

eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-465